Justicia ordena al SEA volver a revisar el proyecto C20+ de Collahuasi

El Segundo Tribunal Ambiental acogió una de las tres reclamaciones presentadas contra el proyecto “Desarrollo de Infraestructura y Mejoramiento de Capacidad Productiva de Collahuasi“, conocido como C20+, y anuló la resolución de calificación ambiental favorable de la iniciativa.

Por ello, obliga el fallo, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) deberá realizar un nuevo análisis de las observaciones formuladas por los reclamantes, relacionadas con la línea de base del medio humano y los impactos ambientales sobre el medio marino.

La reclamación acogida fue presentada por las asociaciones indígenas Wilamasi de Pescadores Mamq’uta Caleta Chanavaya y Aymara de Caleta Chanavaya, luego de que el Comité de Ministros rechazara los recursos administrativos que habían presentado en contra de la RCA favorable del proyecto de Collahuasi.

La sentencia concluyó que la resolución reclamada “carece de una debida fundamentación”, debido a que las observaciones formuladas durante el proceso de participación ciudadana fueron abordadas de manera incompleta y sin una adecuada ponderación técnica y jurídica.

“El examen efectuado a lo largo de la presente sentencia ha permitido a estos sentenciadores concluir que la resolución exenta carece de una debida fundamentación, pues consigna las observaciones de manera incompleta y no contiene una debida consideración de las materias observadas, que incluya una adecuada ponderación, argumentación y fundamento para su rechazo”, se lee en la sentencia.

Por ello, estas deficiencias derivaron en “ilegalidades de la evaluación asociadas al componente humano” y también en “ilegalidades relacionadas con la evaluación ambiental del medio marino”.

C20+: continuidad operacional y el futuro de Collahuasi

El “Proyecto de Desarrollo de Infraestructura y Mejoramiento de Capacidad Productiva de Collahuasi” es definido por la minera de Tarapacá como “una inversión que contribuirá a la continuidad operacional y al futuro de la compañía por las siguientes dos décadas, disminuyendo el uso de agua continental al utilizar agua desalada en su operación, fortaleciendo su crecimiento sustentable con innovación y compromiso con los mejores estándares en seguridad, integridad y relacionamiento con el entorno”.

De acuerdo al tribunal, el SEA debe “retrotraer el procedimiento de evaluación ambiental con el objeto de elaborar un nuevo Informe Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones o Ampliaciones (ICSARA) que considere adecuadamente las observaciones relacionadas con la línea de base del medio humano y los impactos sobre el medio marino”.

Se especifica que el nuevo análisis debe “incorporar específicamente el uso del maritorio en la zona de Punta Patache y el sector Puerto Collahuasi por parte de las asociaciones reclamantes”.

El fallo también ordena abordar nuevamente las observaciones relacionadas con la verificabilidad de la velocidad de succión de agua de mar, la sedimentación de la descarga hipersalina en el fondo marino y la duración y alcance del plan de vigilancia ambiental de la planta desaladora.

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